ORDEN DEL DÍA Nº 033/ 2018

09Mar 2018

En uso de las facultades dispuestas en el Art. 41 Nº 5; 7 del Reglamento General del Cuerpo y según lo tratado en la Junta de Capitanes con fecha 26 de febrero, dispongo lo siguiente:

1- A contar de esta, fecha la Central de Telecomunicaciones y Alarmas no despachará unidades que se encuentren sin personal a las alarmas 10-3 y 10-4 en la Jurisdicción del Cuerpo de Bomberos Metropolitano Sur.

2- En caso que la Compañía que le corresponda, según prioridad atender una emergencia de 10-3 o 10-4, que posea Unidad de Rescate y se encuentre sin personal, la Central procederá inmediatamente a despachar según lo dispuesto en prioridad en Sistema Zeus la que tenga uno o más bomberos disponibles para la emergencia en el Cuartel.

3- Si la Compañía se encuentra fuera de servicio, y esta se pone en servicio antes de la llegada de alguna pieza de material mayor, esta será despachado según Orden del día 14 del año 2012, siempre y cuando exista a lo menos un voluntario registrado en el Cuartel.

4- Las compañías deberán mantener actualizado en todo momento los registros de cuartel, para que la Central de Telecomunicaciones y Alarmas pueda visualizar a través del sistema de Registro, los bomberos que se encuentren disponibles para atender las emergencias.

5- La Central de Telecomunicaciones como periodo de prueba por 30 días verificara mediante el Panel de Registro en Cuartel la cantidad de personal a las 09:30, 13:30, 18:30 y 20:30 dejando estipulado en el libro de novedades la cantidad de bomberos en las compañías.

OD 33- Sistema de Despacho Unidades de Rescate